miércoles, 2 de diciembre de 2020

PERSONAS ALEJADAS DE LA CONGREGACIÓN POR MUCHOS AÑOS

PERSONAS ALEJADAS DE LA CONGREGACIÓN
POR MUCHOS AÑOS
44. Al decidir si se ha de manejar judicialmente un caso, el cuerpo
de ancianos analizará lo siguiente:
1) ¿Sigue la persona declarándose Testigo?
2) ¿Se la reconoce como Testigo en la congregación o en
la comunidad?
CUÁNDO FORMAR UN COMITÉ JUDICIAL
"PASTOREEN EL REBAÑO DE DIOS" CAPÍTULO 12
CUÁNDO FORMAR UN COMITÉ JUDICIAL.

3) ¿Hasta qué punto ha afectado o perjudicado la vida
de otras personas su pecado? Por ejemplo, ¿cometió
abuso de menores o adulterio?
4) ¿Mantiene alguna relación o contacto con la
congregación, de modo que suponga una influencia
corruptora?
5) ¿Está dispuesta a reunirse con un comité, admitiendo
así su responsabilidad ante la congregación cristiana?
45. Dependiendo de cuánto tiempo lleve inactiva la persona y de los
factores antes mencionados, los ancianos pudieran optar por dejar
el asunto pendiente. En ese caso, harían un informe sobre la
conducta dudosa de la persona para guardarlo en el archivo de
la congregación. (Vean 22:21-27). Cuando esta quiera volver, entonces
podrán aclarar las cosas (w08 15/11 pág. 14 párrs. 12, 13).
46. Si la congregación no ha tomado medidas y los familiares creyentes
son los únicos que conocen la mala conducta, es probable
que estos decidan limitar drásticamente el trato con su pariente
por considerarlo una mala compañía (1 Cor. 15:33; w85
15/7 pág. 19 párr. 14).




carlos adrian gomez burgara
carlosadrian@inbox.ru

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